Main logo
OPINIÓN

Violencia política en razón de género

Las mujeres sufren violencia en las diversas etapas de su carrera pública. | Carla Humphrey

Escrito en OPINIÓN el

El miércoles de esta semana se aprobó el Decreto por el que se aprueban reformas y adiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación con el objeto de sancionar y erradicar la violencia política en razón de género y de establecer medidas de protección y reparación del daño.

Más de 6 años tuvieron que pasar y más de 45 iniciativas presentadas, discutidas y aprobadas por alguna de las Cámaras para que finalmente vieran la luz hace un par de días. El trabajo incansable de muchas mujeres diputadas y senadoras, ex diputadas y ex senadoras, académicas, funcionarias públicas de diferentes entidades federativas, asociaciones y redes de mujeres trabajaron de manera incansable y constante hasta conseguir su aprobación.

El camino fue complejo y lleno de obstáculos desde 2014 año en que se constitucionalizó el principio de paridad de género y que se visibilizó la violencia política que tienen que enfrentar las mujeres por ocupar un espacio de decisión pública, hasta su aprobación esta semana. Aspirantes, militantes, precandidatas, candidatas y funcionarias públicas sufren violencia en las diversas etapas de su carrera pública e incluso la siguen sufriendo cuando ya han ganado un espacio público y son violentadas en el ejercicio del cargo que legalmente les corresponde.

La violencia que sufren las mujeres es de distinto tipo, desde las amenazas, la intimidación, agresiones físicas y verbales, falta de apoyos y muchas de ellas desafortunadamente pierden la vida al intentar ocupar un espacio de decisión pública. La tipificación de la violencia política en razón de género y la imposición de sanciones que van desde multas hasta la prisión a los perpetradores, resulta indispensable para intentar frenar la violencia a la que estamos expuestas las mujeres en los espacios públicos pero también en los privados.

Poner freno a estas conductas que agreden, obstaculizan, ponen en riesgo la vida e integridad de las mujeres y las desincentivan para ocupar espacios públicos y definir con toda claridad qué es la violencia política y las consecuencias para quienes la ejercen y la permiten es indispensable para erradicarla.

La violencia política se define en el artículo 20 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular, o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas correspondientes a una precandidatura, candidatura o a un cargo público.

Esta reforma, junto con la aprobada el año pasado por nuestro Poder Legislativo por el que se incorpora el principio de paridad para el acceso a todos los espacios en la Administración Pública, el Poder Legislativo y el Judicial en los tres niveles de gobierno, constituyen el marco normativo con el que las mujeres podremos ocupar esos espacios, en los que históricamente hemos estados subrepresentadas, sin ser violentadas en el acceso y el ejercicio de un cargo.