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Reforma judicial: la ruta del cambio

El derecho de acceso a la justicia es un principio básico, para el desarrollo de cualquier Estado y para la vida de las personas en lo individual. | Susana Pedroza*

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Escrito en OPINIÓN el

El 21 de octubre último, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ministro Arturo Zaldivar Lelo de Larrea, integró una reunión pública conjunta con los representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo, el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, doctor Julio Scherer Ibarra, el presidente de la Junta de Coordinación Política, senador Ricardo Monreal Ávila, entre otros, con el fin de exponer, de manera general, las causas y objetivos de la reforma judicial y que -nosotros- hemos denominado la ruta del cambio.

El mensaje fue determinante, una reunión de los tres poderes del Estado mexicano, en la antigua sede del Senado de la República, marca un objetivo común, a saber, el cambio en el sistema y en el aparato de justicia, a fin de recuperar la confianza de la ciudadanía.

Sin duda, en nuestra opinión, esto es reflejo del Estado Constitucional, Democrático y de Derecho que vive México, puesto que los tres poderes, en igualdad de jerarquías e independencias, tienen la misma obligación constitucional para trabajar en conjunto por políticas públicas que beneficien a la sociedad en general, los tres desde sus propias trincheras y desde sus particulares ámbitos de competencia.

Algunos puntos señalados en este camino son: el combate al nepotismo, a la corrupción y a la impunidad; la homologación de los procedimientos de procuración de justicia; eliminación de vacíos legales e ineficiencias institucionales, entre otros.

En este sentido, el combate a la corrupción e impunidad debe realizarse desde el interior de las propias estructuras institucionales como la del Poder Judicial de la Federación que, de alguna forma, han sido infectadas por estos fenómenos.

Lo anterior es un paso relevante, puesto que el derecho de acceso a la justicia es un principio básico, para el desarrollo de cualquier Estado y para la vida misma de las personas en lo individual.

Buscar establecer mejores canales de interacción entre el ejercicio de derechos y el cumplimiento de responsabilidades a cargo de las autoridades del Estado es un eslabón perdido durante los últimos años en la procuración y en la administración de justicia.

Desde la reforma constitucional de junio de 2011, se marcó un cambio de paradigma en la interpretación y aplicación de los derechos humanos; sin embargo, es claro que después de ocho años de dicha reforma se requiere del replanteamiento de prácticas jurídicas que atiendan a las necesidades de la sociedad actual, cuya demanda es de mayores garantías de seguridad en todo sentido y, especialmente, en materia de seguridad jurídica y acceso pleno a la justicia.

Si bien, en la Ley General de Víctimas se establece, incluso, el derecho a contar con un abogado defensor privado o público, este último asignado por el propio Estado vía la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, es un hecho que la asistencia jurídica es un tema pendiente en la agenda pública y que deberá considerarse en esta reforma, puesto que además de los insuficientes asesores jurídicos federales los mecanismos para su accesibilidad, sin discriminación, con eficiencia, transparencia y eficacia han resultado ser incompatibles con la realidad.

En efecto, componentes como la no discriminación, la transparencia, la eficiencia, la eficacia y el acceso mismo a la justicia mediante procedimientos y recursos legales y materiales apropiados, para todas las personas, son requisito sine qua non para hacer efectivo el derecho de acceso a la justicia, y a que ésta se administre de manera pronta y expedita conforme a lo que se establece en el artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución. 

El fortalecimiento de los mecanismos de procuración y de administración de justicia resulta, indudablemente necesario para ello, la modernización de las estructuras institucionales donde han logrado permear los fenómenos de la corrupción y de la impunidad.

Por ejemplo, órganos como los Consejos de la Judicatura -Federal y locales-, cuya labor ha sido mayormente cuestionada en los últimos tiempos, debe ser revisada y evaluada y quizá, eventualmente, considerar la idea de democratizar sus funciones a través de mecanismos de participación y de supervisión por sociedad civil. 

Es un hecho que el Poder Judicial de la Federación se ha considerado, por décadas, un poder de élite, hermético, cerrado incluso a la autocrítica, lo cual en nada abona a la transparencia y a la rendición de cuentas.

Ha llegado el tiempo en que el impulso a la participación de la sociedad civil se convierta en un elemento prioritario para el diseño de políticas públicas legales y orgánicas, que garanticen la transparencia y la rendición de cuentas en el ejercicio de las funciones públicas de procuración y de la administración de justicia. 

Es muy probable que con estas medidas la confianza de la sociedad y la legitimidad de las instituciones y autoridades sea rescatada, por el bien de los derechos humanos y del desarrollo en paz y con justicia para todas y todos.

*Dra. Susana Thalía Pedroza de la Llave

Investigadora titular “B” del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; coordinadora general de la División de Estudios de Posgrado y del CIJUREP de la Universidad Autónoma de Tlaxcala, e investigadora nivel III del Sistema Nacional de Investigadores (SNI).