Main logo

Que la nación se los demande

AMLO pretende hacer justicia, aunque él mismo violenta sistemáticamente la Ley. Adolfo Gómez Vives

Por
Escrito en OPINIÓN el

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la Ley Suprema de la Nación. Por eso, cuando alguna persona asume el encargo de presidente de la República protesta “guardar y hacer guardar” la Constitución y las leyes que de ella emanen, lo que implica el reconocimiento de su subordinación hacia aquélla. La actuación del jefe del Ejecutivo —como la de cualquier otro servidor público— debe ceñirse a lo que la ley le faculta o le obliga, pues de otro modo no se entendería la lógica de la supremacía constitucional.

El artículo 87 que contiene dicha protesta, termina diciendo: “y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande”. Pero, ¿cómo demanda la nación el incumplimiento del jefe del Ejecutivo respecto de “guardar y hacer guardar” la Constitución y las leyes? ¿Qué ocurre cuando en el ejercicio del poder el presidente de la República pondera la política sobre la observancia de la norma jurídica?

De nuestra historia podríamos extraer una buena cantidad de hechos que prueban el desapego de los gobernantes hacia las leyes. Está como ejemplo la famosa “guerra contra el narcotráfico” emprendida por Felipe Calderón Hinojosa, quien al utilizar al Ejército para el combate a la delincuencia organizada vulneró el precepto del 129 constitucional que precisa: “en tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.

Andrés Manuel López Obrador ha creído que es posible enjuiciar a algunos de los expresidentes de la República recurriendo a la petición de los gobernados, expresada en una consulta popular, en lugar de denunciar ante el Ministerio Público la supuesta comisión de delitos por parte de los anteriores gobernantes.

Por eso, el 15 de septiembre propuso que la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizara la constitucionalidad de una consulta fundamentada en la fracción VIII del artículo 35, cuya pregunta era: “¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen y, en su caso, sancionen la presunta comisión de delitos por parte de los ex presidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”

Ante la evidente violación de derechos humanos que contenía dicha interrogante —como la presunción de inocencia o el debido proceso— los ministros recurrieron a una decisión salomónica, pero poco útil en términos prácticos: reemplazar la pregunta original por esta otra: “¿Estás de acuerdo o no, en que lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”, lo que equivale a decir: “¿estás de acuerdo con que se aplique la ley?”.

Los efectos de dicha consulta no derivarán en juicio alguno contra los expresidentes. Su utilidad práctica es política: incidir en la elección intermedia de 2021, aunque quien la promueve también ha violentado en innumerable número de ocasiones los preceptos constitucionales, lo que le resta legitimidad y lo sitúa en la misma condición violatoria de la legalidad que ve en otros.

Allí están, como prueba, el mantenimiento del Ejército en el combate a la delincuencia organizada a través de la Guardia Nacional, integrada mayoritariamente por elementos del Ejército y la Marina o las consultas populares sin apego a los preceptos del 35 constitucional, como es el caso de la relativa a la construcción de la termoeléctrica en Huexca, Morelos o la cancelación de la cervecera Constellation Brands, en Baja California. La paja en el ojo ajeno le impide ver la viga en el propio.