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López Obrador contra las fuentes de información

A la falsedad en los dichos del presidente se suman ahora ataques a la libertad de expresión. | Adolfo Gómez Vives

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Escrito en OPINIÓN el

En México, la protección jurídica de la identidad de las fuentes de información periodística es prácticamente inexistente. No hay ningún precepto constitucional ni ninguna ley general que se refiera a ella. Para hacerla efectiva se debe recurrir a la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que en su numeral 8o establece: “todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales”.

Por ello, resulta preocupante que el presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador proponga como tema de debate, la revelación de las fuentes de información, luego de que el diario Reforma diera a conocer un “borrador” de la misiva que envió a Felipe VI rey de España, en la que exige que se pida perdón por los “abusos” cometidos durante la Conquista.

El propio López Obrador parece olvidar que primero fue él quien dio a conocer, durante su visita a la zona arqueológica de Comalcalco, Tabasco, la existencia de dicha carta: “Envié ya una carta al rey de España y otra carta al Papa, para que se haga un relato de agravios y se pida perdón a los pueblos originarios por las violaciones a lo que ahora se conoce como derechos humanos”.

Algo de historia

Era jefe de gobierno sustituto de López Obrador, Alejandro Encinas Rodríguez, cuando se publicó la Ley del Secreto Profesional del Periodista en el Distrito Federal, el 7 de junio de 2006.

Su artículo 3o señalaba: “El periodista y el colaborador periodístico tiene el derecho de mantener el secreto de identidad de las fuentes que le hayan facilitado información bajo condición, expresa o tácita, de reserva”.

Con la reforma constitucional de derechos humanos de 2011, el legislador local determinó la necesidad de modificar dicho precepto, a efecto de incluir los tratados internacionales reconocidos por México, como parte fundamental de nuestra legislación, aun cuando dejó abierta la posibilidad de excepciones a la protección de la identidad de las fuentes de información, de conformidad con lo que los propios tratados internacionales pudieran establecer al respecto.

En razón de ello, el 11 de septiembre de 2014, durante la administración de Miguel Ángel Mancera, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la precitada ley, entre las que se encontraba el artículo 3o, para quedar redactado del siguiente modo:

“El periodista y el colaborador periodístico tienen el derecho de mantener el secreto de identidad de las fuentes que le hayan facilitado información. Este derecho no podrá ser limitado, salvo por decisión judicial, de manera excepcional y siempre que su limitación se justifique de acuerdo a los instrumentos de derechos humanos internacionalmente reconocidos, a los que las autoridades se encuentran obligadas de acuerdo al artículo 1o constitucional”.

Ataque a la libertad de expresión

No queda clara, entonces, cuál sea la intención de López Obrador al pedir que, “en aras de la transparencia”, el diario Reforma revele la fuente de la cual obtuvo el “borrador” de la carta que envió a Felipe VI rey de España, bajo el argumento de que “todos estamos obligados” a la transparencia, ya que “la vida pública es cada vez más pública”. Confunde a los sujetos obligados —los órganos del Estado— con los medios de difusión, que tienen como derecho y obligación el reservar la identidad de sus fuentes informativas.

Su exigencia constituye un ataque a la libertad de expresión, pues aun cuando no exista legislación general que proteja el derecho de los periodistas a reservar sus fuentes y a éstas de eventuales procesos jurisdiccionales, la labor del periodismo se centra en la presentación de informaciones de interés público que, en la mayoría de los casos, causan molestia en los gobernantes, pues exhiben la comisión de delitos, corrupción, mentiras y opacidad.

Las fuentes institucionales de información demostraron con Enrique Peña Nieto, y cada vez con más frecuencia con López Obrador, que carecen de credibilidad si no están soportadas con evidencia documental.

Allí está el caso de la solicitud de información dirigida a la presidencia de la República, registrada con número de folio 0210000060319, en la que se pidió copia de los documentos en que conste la corrupción por la cual se decidió la cancelación del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAICM).

Aun cuando la semana pasada, el secretario de Comunicaciones y Transportes, Javier Jiménez Espriú, en su comparecencia ante el Senado dijo que “no se encontró ningún hecho de corrupción” en la construcción del nuevo aeropuerto, y el presidente se apresuró a desmentirlo, Juan Carlos Guerrero Torres, Director de Análisis Jurídico y de Gestión Documental de Presidencia informó que “derivado de una búsqueda exhaustiva y razonable en sus respectivos archivos no localizó evidencia documental que atienda el requerimiento del interesado”, por lo que declararon la inexistencia de la información, lo que prueba el desface entre la realidad y lo que el presidente López Obrador trae en la cabeza.

Apenas en febrero pasado, mientras el jefe del Ejecutivo daba por buena la consulta sobre la termoeléctrica en Huexca, Morelos, en la que —según él— 59.5 por ciento de los entrevistados se manifestó a favor del inicio de operación del proyecto, a solicitud de información registrada con folio 0210000044319, Guerrero Torres respondió que “no existe disposición jurídica que imponga el deber a este sujeto obligado de contar con los insumos o el soporte documental sobre los temas tratados en discursos y mensajes públicos del Titular del Ejecutivo Federal”, lo que permite deducir que el presidente “informa” sin documentación que dé soporte a sus dichos.

Más audaz, la Secretaría de Gobernación, mediante oficio número SSPPC/AI/0060/2019, signado por Daniel Alejandro González Morón, enlace de Transparencia de la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana, respondió a solicitud de información número 0000400079519, que “el ejercicio participativo para determinar la puesta en marcha de la termoeléctrica ubicada en Huexca, Morelos, no es una consulta conforme a lo establecido en el artículo 35 Constitucional”, con lo cual reconoce no sólo la violación al principio de legalidad, que ya es costumbre en el gobierno de López Obrador, sino que constituye una flagrante violación a una disposición constitucional, que con toda claridad precisa las condiciones que debe contener una consulta pública para que tenga efectos vinculantes.

A la falsedad de la información que cotidianamente da a conocer el presidente de la república, se suma ahora el ataque a la libertad de expresión, que involucra no sólo al periodismo, sino también a las fuentes de información que, con este acto, el jefe del Ejecutivo pretende vulnerar con consecuencias nefastas para los derechos humanos y para la democracia nacionales.

Desde luego que la exigencia de López Obrador al diario Reforma, relativo a dar a conocer la identidad de sus fuentes debe leerse con mucho cuidado a la luz de la iniciativa de Ley de Protección y Estímulo a Informantes y Alertadores Internos de la Corrupción, que promueve la secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval, pues lejos de representar una norma de protección a las fuentes informativas anónimas al interior del gobierno, parece significar un mecanismo de identificación, control y castigo a los servidores públicos que den a conocer hechos de corrupción en el ámbito del gobierno de la cuarta transformación.

Retales

Primero solicitaron prórroga para responder a la solicitud número 0000700059119. Pero más tarde, la Secretaría de la Defensa Nacional, mediante comunicado signado por el general brigadier DEM Jorge Ramírez Zúñiga, mejor informó que, respecto de la concesión que por ley debe otorgar la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para la construcción del aeropuerto de Santa Lucía, “después de realizar una búsqueda exhaustiva, en los archivos de esta Secretaría, no se encontró evidencia documental que atienda sus requerimientos”. Aunque López Obrador dijo que ya contaba con un plan, lo cierto es que la concesión de ley aún no existe.

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