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La máxima transparencia como un principio democrático

Desde el INAI refrendamos nuestro compromiso por garantizar el derecho a saber en estricto apego al principio fundamental de máxima publicidad. | Blanca Lilia Ibarra

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Escrito en OPINIÓN el

México es un país democrático y plural, en el que no debe prevalecer ninguna visión unilateral sobre los temas y problemas que nos aquejan.

A lo largo de los años, hemos adquirido distintos derechos emanados de las necesidades sociales y de las distintas voces que han fortalecido la vida democrática de nuestro país, un ejemplo emblemático es el derecho de acceso a la información, prerrogativa fundamental que comprende la facultad de solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información por parte de las autoridades. Su ejercicio coadyuva en la construcción de una ciudadanía con más elementos para conocer y participar en las decisiones gubernamentales, así como para evaluar su efectividad.

El artículo 6º de nuestra Carta Magna dispone que toda información en posesión de cualquier órgano de gobierno es pública, por lo que las autoridades con un sentido democrático deben buscar, bajo el principio de máxima publicidad, el mayor beneficio para la ciudadanía y eliminar los parapetos que pudieran obstaculizar el ejercicio de ese derecho humano, ello para fomentar el escrutinio ciudadano, la rendición de cuentas y la pluralidad de voces.

La máxima publicidad, según la interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), es obligatoria para toda autoridad e implica que toda la información en su poder es pública y esto solo puede cambiar por dos posibles situaciones reguladas por la propia ley, la confidencialidad de la información o su reserva.

Por lo anterior, si bien es cierto que toda la información en posesión de las autoridades es pública, la misma puede ser reservada cuando se acrediten las causales contenidas en el artículo 113 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por ejemplo, cuando se afecten los derechos del debido proceso, así como cuando se vulnere la conducción de los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio, en tanto no hayan causado estado. 

Además, la reserva debe justificarse y someterse a la prueba de daño, lo que implica demostrar que su divulgación representa un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo al interés público, que supera el de su difusión, así como analizar que se adecue al principio de proporcionalidad y que es el medio menos restrictivo para evitar el perjuicio. Considerando siempre que la interpretación que se realiza de las excepciones es siempre restrictiva, de modo que, en caso de duda razonable, se privilegiará divulgar la información.

Estas exigencias buscan evitar que la clasificación de información como reservada se convierta en una vía jurídica para no informar y también se prevén dos excepciones para la procedencia de estas causales, las cuales están establecidas en el artículo 115 del mismo ordenamiento legal, que se presentan cuando se trate de información relacionada con violaciones graves a los derechos humanos o con actos de corrupción.

La ciudadanía tiene la facultad de ejercer su derecho de acceso a la información ante cualquier autoridad, la cual deberá guiar su actuar bajo el principio de máxima publicidad. En caso de que la información requerida no sea entregada o la misma no sea satisfactoria, puede recurrir al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), organismo autónomo encargado de la tutela del derecho a saber, quien revisará la actuación del sujeto obligado, para garantizar el respeto a los estándares constitucionales y legales.

En ese sentido, existen casos que se han colocado en la agenda pública por la importancia o repercusión de los hechos con los que están relacionados, como son los casos de la masacre de San Fernando, Odebrecht, el asesinato de Colosio  o Ayotzinapa, en los que el INAI con un sentido garantista y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas ha agotado todas las medidas a su alcance a fin de que las autoridades cumplan con sus resoluciones y abran esta información, por tratarse de casos de interés público.

En un contexto en el que mantener a la ciudadanía informada sobre los asuntos públicos de toda índole es esencial para promover la participación y permitir la toma informada de decisiones, desde el INAI refrendamos nuestro compromiso por continuar garantizando tu derecho a saber en estricto apego al principio fundamental de máxima publicidad, de tal manera que se favorezca en todo momento su protección más amplia.