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Falta de paridad de género en el otorgamiento de pensión alimenticia

JUSTICIA Y GÉNERO

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Escrito en VERACRUZ el

El tener hijos es una decisión muy personal y en el escenario ideal seria dentro del matrimonio, pero este último no te asegura que durara toda la vida.

Dentro del marco jurídico mexicano existen leyes que protegen a los hijos productos de la unión, dándoles a estos una seguridad económica, en nuestro estado nos normamos en el código civil el cual nos hace mención en el artículo 162, muy groso modo lo que la pensión alimenticia debe de cubrir es el pago de comida, ropa y calzado, servicio médico, gastos escolares, gastos de vivienda y de recreación.

En la norma todo suena muy bien, pero, aunque se tenga la guarda y custodia compartida existe un progenitor que es el que se queda con los hijos la mayor parte del tiempo, un ejemplo tangible de ello es la madre, la cual se encarga de atender, criar, cuidar y solventar la mayor parte de gastos pues existen muchos padres que simplemente se excusan de aportar un extra pues ya están otorgando la pensión alimenticia.

Dicho esto, las leyes no están siendo totalmente justas con respecto al otorgamiento de los porcentajes de la pensión, pues con el simple hecho de analizar la situación sin ser jueces nos podemos percatar que existe un padre que está dando un 100% y el otro únicamente el porcentaje de pensión y tal vez un fin de semana con su hijo, que este no se logra comparar con la crianza diaria.

Con esto nos podemos dar cuenta de que la mayoría de las leyes están creadas y aceptadas por juzgadores del sexo masculino, no con ello quiero decir que no existan hombres responsables, por supuesto que sí, así como también hay hombres que se quedan al cargo de la guarda y custodia llevando a cabo la crianza, pero esto es en un número menor que lo es con las mujeres.

Así que poco a poco se han hecho propuestas al congreso donde las pensiones alimenticias sean más justas y equitativas pues esto es un derecho de los hijos y una obligación legal la cual continua con la mayoría de edad de los hijos, hasta 25 años si se comprueba que se sigue estudiando.

Mitos de la Pensión Alimenticia en Veracruz

  • ¿El aguinaldo y los ingresos extras del dudor no pueden ser afectados por la pensión?

    Esto es falso, pues en el juicio de pensión se fija la pensión alimenticia en un % de los ingresos totales del deudor, eso afectaría el aguinaldo, primas y bonos

 

  • ¿Tiene muchos años sin dar el pago de la pensión, no se puede reclamar el retroactivo?  Actualmente el código civil permite reclamar el dinero que no se entregó a eso se le conoce como pensiones caídas y se pagaría desde la fecha en que se incumplió el pago hasta el momento actual. 

  • ¿Al tener nueva pareja y procrear otros hijos? Esto es totalmente falso, pues los hijos son una obligación, la nueva situación sentimental no te exenta del pago de pensión alimenticia.