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El principio de no intervención caso Venezuela

La postura de México ante la crisis social y política de Venezuela, implica la no intervención. | Dra. Susana Thalía Pedroza de la Llave

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Escrito en OPINIÓN el

En materia de política exterior, históricamente México se ha caracterizado por mantener el respeto al principio de no intervención que recoge, entre otros, fundamentalmente ideas como las siguientes:

1. La no intromisión económica, política y militar en asuntos internos de otros países;

2. El uso de la diplomacia como instrumento básico para mantener la paz, y

3. El respeto a la libre determinación, referida esencialmente a la forma en que desean ser gobernados los pueblos, lo que a su vez descarta la idea de reconocer gobiernos o autoridades no elegidas conforme al marco constitucional del país o Estado implicado.

Ahora bien, es importante considerar que se trata de un principio sustentando para mantener la paz en el mundo, que data del siglo XX, después de la Segunda Guerra Mundial y que quedó estipulado en la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Sin embargo, debemos tomar en cuenta la naturaleza dinámica y cambiante del derecho que tiende a adoptar los ajustes necesarios apegados a la realidad social, económica y política de cada país, tanto en el plano interno como en el escenario internacional o global.

Venezuela

En este sentido, en relación con la situación del hermano país Venezuela, la postura de México ante la crisis social y política del vecino, implica la no intervención y, con ello, se mantiene vigente el referido principio establecido en el artículo 89, fracción X, de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

No obstante, la evolución de las normas internacionales en materia de protección de los derechos humanos, merece la reflexión en el siguiente sentido: El principio de no intervención, no se contrapone con los principios fundamentales que, en el orden jurídico internacional, establecen la obligación y la responsabilidad de los Estados miembros de la ONU de velar por el respeto a la dignidad de las personas y a sus derechos humanos en plenitud.

De tal manera que el exhorto que México realizó a las partes involucradas en Venezuela, para resolver el conflicto por vías pacíficas a través del diálogo y sin violencia, sin duda es un acierto diplomático. Sin embargo, este asunto parece haber trascendido vías diplomáticas cuando lo que está en juego son los derechos fundamentales de miles o millones de hermanos venezolanos, a la dignidad, a la libertad, a la vida, a la seguridad, al desarrollo, etcétera.

De manera que, hay que tener presente que la idea de la universalidad de los Derechos Humanos impone -en la actualidad- reconocer sus características esenciales como la progresividad, lo cual indica un estado permanente de evolución en la protección de estos derechos. Esto puede poseer un significado mayúsculo en relación con la apreciación y sentido del principio de no intervención, el cual posee límites naturales como las acciones tendentes a privilegiar parámetros de protección establecidos en el Derecho Internacional Humanitario.

México

En otras palabras, es evidente que, ante una grave crisis humanitaria o de respeto a las libertades y dignidad de las personas en países extranjeros, México no puede ni debe quedarse al margen y asumir un papel de mero observador.

México igual que el resto de los países miembros de la ONU, como ya lo señalamos, posee responsabilidades internacionales que no lo obligan, ni mucho menos le conceden derecho alguno para intervenir directamente en asuntos internos de otro Estado miembro.

Antes bien, lo que sí tiene México en el contexto del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, es el deber de ejercer acciones contundentes y oportunas -de carácter diplomático- ante la comunidad internacional, para mantener la paz en las naciones, privilegiando la protección más amplia que -en pleno siglo XXI- corresponda en la materia para, en este caso, el respeto a la dignidad y libertad de nuestros hermanos venezolanos.

Dra. Susana Thalía Pedroza de la Llave. Investigadora titular “B” del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; coordinadora general de la División de Estudios de Posgrado y del CIJUREP de la Universidad Autónoma de Tlaxcala, e investigadora nivel III del Sistema Nacional de Investigadores (SNI).

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