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Aborto, una deuda histórica

Cada año se festeja el otorgamiento del voto a las mujeres. Pero este es incompleto si no se les permite a las mujeres decidir sobre su cuerpo. | Leonardo Bastiida

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Escrito en OPINIÓN el

Suprimir las sanciones penales para que el aborto fuera voluntario y se tomarán las medidas necesarias para dar el servicio en los centros de salud fue la recomendación del Grupo Interdisciplinario para el Estudio del Aborto en México, convocado por el Consejo Nacional de Población, en 1976.  

Esta no fue escuchada y por décadas, muchas organizaciones de mujeres han pugnado para que esta recomendación se convirtiera en una realidad, a contracorriente de los discursos de la iglesia católica y otros sectores de la población. Los primeros frutos se verían 31 años después, tras varios intentos vulnerados por la presión de sectores religiosos, políticos y empresariales, cuando en 2007, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal decidiera abordar el tema y cambiar la normatividad vigente hasta ese momento. En específico, el artículo 144 del Código Penal de la hoy Ciudad de México, en ese entonces, Distrito Federal, para permitir la interrupción del embarazo hasta la semana 12 de gestación.

A partir de esta modificación, se desató una oleada de modificaciones a las constituciones de más de 10 estados, para colocar, dentro de los contextos constitucionales, que es deber de las autoridades proteger a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural. Prohibiendo el aborto, incluso en casos en que el embarazo fuera producto de una violación.

De manera simultánea, se comenzaron a visibilizar decenas de casos de mujeres que estaban en la cárcel en diferentes entidades federativas a causa de procesos judiciales bajo la acusación de haber cometido “el delito de aborto” o como denunció en su momento la organización civil de Las Libres, acusándoles de haber cometido “homicidio en razón de parentesco”, por lo que las penas se incrementaban.

También ocurrió que muchos integrantes de los servicios de salud públicos capitalinos apelaron a la objeción de conciencia para evitar practicar abortos. Una situación que al paso del tiempo se buscó resguardar a través de modificaciones a la Ley General de Salud para asegurar que el personal de salud no se viera obligado a brindar la atención médica si consideraba que atentaba a sus principios y valores.

En abril pasado se conmemoraron los 13 años de haberse despenalizado el aborto en la capital mexicana y hasta el momento, sólo otra entidad ha logrado implementar una legislación similar, Oaxaca, donde en septiembre pasado, en la víspera del Día por la Despenalización del Aborto, se aprobó la reforma al Código Penal para establecer un marco legal similar al de la ciudad de México.

En estos años, han ocurrido otros pocos avances en la materia. En 2016, se modificó la Norma Oficial Mexicana 046, referente a la violencia sexual y familiar en contra de las mujeres, permitiendo que se les pueda practicar un aborto en caso de violación en cualquier parte del país, sin necesidad, de tener que someterse a peritajes médicos que avalen la ocurrencia del delito, teniendo que ser sometidas a interrogatorios y revisiones corporales. La medida incluye a las adolescentes, quienes, legalmente, no requieren de la autorización de un adulto para llevar a cabo el proceso.

Sin embargo, se tienen noticias de varios casos en los que no se respetó la Norma y llegaron a la máxima instancia de justicia en el país, la Suprema Corte. Uno de ellos fue el de Fernanda, quien fue violada por un conocido, quedando embarazada, y a pesar de presentar varias solicitudes de interrupción del embarazo en el Hospital General “Dr. Aurelio Valdivieso”, ubicado en la ciudad de Oaxaca, no le fue concedido ni fue referida a otro hospital. Y el de Marimar, una menor de 17 años, quien solicitó la interrupción de su embarazo en Morelos, en el Hospital General de Cuernavaca “Dr. José G. Parres”, tras una violación, pero esta le fue negada por el Comité de Bioética del nosocomio. 

En ambos casos se determinó que se habían vulnerado sus derechos humanos y que era obligación del Estado garantizar el derecho a la interrupción del embarazo de manera libre y segura. 

En contraparte, en el mismo período de tiempo, han surgido nutridos grupos de personas que condenan la posibilidad de que una mujer pueda decidir sobre su cuerpo bajo el argumento de defender la vida y a la familia, recurriendo a argumentos como el que la vida comienza cuando el corazón del producto empieza a latir o que las mujeres que abortan, seguramente lo seguirán haciendo, o que si no quieren a sus bebés, pueden darlos en adopción o que ser madres es el mandato natural de las mujeres.

Lo ocurrido en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el miércoles pasado, donde cuatro de los cinco ministros determinaron que en Veracruz no hay omisión legislativa a pesar de que el Congreso local no ha realizado las modificaciones necesarias al Código Penal para permitir la interrupción del embarazo hasta la semana 12 de gestación, como lo exigió la alerta de género por agravio comparado decretada en noviembre de 2019. 

Dicha alerta derivó de las vulneraciones a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en Veracruz, entre ellas, la imposibilidad de interrumpir el embarazo a pesar de los altos índices de violencia sexual. 

Aún no se ha cerrado el caso, pues el proyecto de amparo será vuelto a revisar a fin de buscarle un mejor enfoque. Por lo que será necesario, como ciudadanía, dar seguimiento al proceso y mantener en observancia el trabajo de la Corte, una medida necesaria en un espacio democrático. 

El contexto es complejo, el pasado 26 de mayo, el Congreso de Guanajuato rechazó la iniciativa de despenalizar el aborto hasta la semana 12 de embarazo; ampliar las causales de interrupción legal del embarazo en caso de que éste sea producto de una inseminación artificial no consentida, ponga en riesgo el estado de salud o la vida de la mujer o el producto tenga malformaciones que le impidan un desarrollo pleno y dejar de considerar al aborto como un delito grave.

Lo mismo ocurrió en San Luis Potosí, donde a mitad de mayo, más de dos tercios del Congreso local votaron en contra de dos iniciativas en materia de aborto. Una proponía penalizar el aborto después de las 12 semanas de gestación y otra buscaba reconocer el derecho de interrumpir voluntariamente el embarazo antes de las 12 semanas de gestación.

En Quintana Roo se ha presentado una propuesta similar, que podría resultar compleja de aprobar, aunque cuenta con el apoyo de múltiples organizaciones sociales de muchos rincones del país, agrupadas bajo un pañuelo verde, símbolo de esta causa.

Desde el comienzo de este sexenio, en varias ocasiones, legisladores del Movimiento de Regeneración Nacional se han comprometido a que en todo el país sea posible interrumpir un embarazo. Incluso, ese ha sido uno de los mayores cuestionamientos a la administración actual, la urgencia de impulsar las reformas necesarias en la materia y de garantizar la laicidad del estado.

Cada año, con orgullo, se festeja el otorgamiento del voto a las mujeres. Sin embargo, ese festejo es incompleto si no se salda una gran deuda histórica, permitirles decidir sobre su cuerpo, ejercer la maternidad en el momento en el que ellas lo deseen y no por mandato social, y proveer de todos los insumos para que lo puedan hacer, sin contratiempos ni poner en riesgo su vida ni querer controlar sus cuerpos.