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A 11 años de Casitas del Sur

Los derechos de la infancia a examen | Jaime Rochín

Por
Escrito en OPINIÓN el

México rendirá cuentas este año ante el Comité de Derechos del Niño (CDN) de Naciones Unidas. Sin embargo, como ha dicho  el representante de la Unicef en México, Christian Skoog, el escenario no es muy halagador, nuestro país tiene historias de terror, revictimización y criminalización hacia la niñez; que por motivo de la violencia y el abandono han sido separados de su hogar y condenados a vivir por el resto de su infancia en Centros de Asistencia Social, que fuera de protegerlos, los vuelven a exponer a situaciones de violencia y explotación.

En los últimos años han salido algunos casos a la luz; sin embargo, estos sólo son la punta del iceberg de la problemática. En enero de 2009, en la Ciudad de México se realizó un operativo en una Casa Hogar denominada “Casitas del Sur”: allí se descubrió una red de tráfico que incluía a niños y niñas, y se encontró además que había por lo menos 27 menores que habían sido sustraídos, y se encontraban desaparecidos.

Posteriormente salieron otros casos que incluían tráfico de personas menores de edad, abusos sexuales, discriminación y violencia, como el de "La Gran Familia" en Zamora, Michoacán y el de "La Ciudad de los Niños" en Salamanca, Guanajuato.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ha hecho algunas recomendaciones. Sin embargo, los casos han quedado impunes. Por ello, el Comité de los Derechos del Niño (CDN) observó al Estado mexicano la urgente necesidad de trasformar las condiciones de las niñas, niños y adolescentes (NNA) que se encuentran viviendo en los Centros de Asistencia Social. Asimismo, lo incitó para que se apliquen las Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños a fin de restituir su derecho a la vida familiar; impulsando transversalmente un proceso paulatino y profesional de desinstitucionalización.

La Ley General de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (LGDNNA) mandata el derecho de éstos a vivir en familia, y a su vez la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN, 1989) reconoce a la familia como la institución social idónea para que puedan desarrollarse plenamente e incorporarse paulatinamente y con base en el principio de autonomía progresiva a las responsabilidades y decisiones de una comunidad.

México no ha logrado avances sustantivos en el cumplimiento de las observaciones emitidas por el Comité de Derechos del Niño, y, si bien el 3 de junio de 2019 se publicó  una reforma a la LGDNNA que podría parecer una posibilidad para garantizar el derecho a la vida familiar de los niños y niñas privados de cuidados familiares, resulta potencialmente riesgosa, ya que podría contravenir el interés superior de la infancia, al otorgar un poder absoluto a los DIF, limitando el acceso de NNA a que su situación jurídica sea debidamente analizada.

Por otra parte, esta reforma impulsa la desinstitucionalización inmediata y sin control, llevando en ocasiones a regresar a los niños a los mismos ambientes donde han sido violentados, en lugar de promover el fortalecimiento de sus familias biológicas, y acompañamiento puntual para que se les pueda brindar un adecuado cuidado. Al no contar con una intervención profesional sobre las situaciones que generaron la expulsión del núcleo familiar, se corre un alto riesgo de exponerles a situaciones de violencia y abuso.

Es fundamental valorar en todo momento la medida de protección que resulta idónea para cada menor de edad, con base en lo establecido en las Directrices sobre las modalidades de cuidado alternativo de los niños.

Es por ello, que el Estado mexicano debe replatearse dicha reforma y emprender acciones paralelas que posibiliten transversalizar las Directrices de la ONU en los programas de gobierno, a fin de impulsar un proceso paulatino de desinstitucionalización, fortaleciendo las medidas de protección basadas en cuidados familiares. En ese sentido, es urgente la instrumentación y aplicación de estrategias para la prevención de la separación familiar; la adopción y fortalecimiento de medidas de protección cuando sean necesarias; así como el acompañamiento profesional y prologando con la familia de origen y/o extensa o por adopción; las cuales garanticen que niños niñas y adolescentes gocen del ejercicio pleno de su derecho fundamental a la vida familiar y a la convivencia comunitaria.