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Veracruz, en disputa por castigo a transmisión de VIH

Hace un año que se modificó Código Penal para sancionar con cárcel la transmisión intencional del virus; activistas y derechohumanistas envían carta a CSJN para argumentar que es inconstitucional

Escrito en ESTADOS el

VERACRUZ, Veracruz (La Silla Rota)- Hace un año que estar en Veracruz, tener VIH, saberlo y transmitirlo intencionalmente es motivo de cárcel, de hasta 5 años de cárcel. Hoy es motivo de debate.

Ahora agrupaciones internacionales por los derechos de las personas que viven con VIH/Sida, entregaron una carta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la que exhortan al máximo tribunal del país a que declare inconstitucionales las reformas hechas al Código Penal de Veracruz, las cuales criminalizan la transmisión del VIH/sida, aseguran.

La Red Justicia por VIH en Todo el Mundo y Proyecto Sero, Red Mundial de Personas Viviendo con VIH, entre otras, señalaron que esa legislación estigmatiza a las personas con infecciones de transmisión sexual (ITS).

 

Antecedentes

El 4 de agosto de 2015, el Congreso del Estado aprobó la modificación al artículo 158 del Código Penal de la entidad con la finalidad de adicionar el término ITS, que no estaba considerado originalmente en el documento.

A partir de entonces, dichas ITS incluye el virus del papiloma humano e indica una pena que va de los seis meses a los cinco años de prisión y multa hasta de 50 días de salario mínimo para quien de forma dolosa infecte a otra persona con alguno de estos padecimientos.

La reforma, impulsada por la diputada Mónica Robles Barajas, del Partido Verde Ecologista de México,  busca prevenir la transmisión, principalmente a mujeres y niñas.

“Con la finalidad de proteger la salud de las personas y particularmente de las mujeres, se reforma el Artículo 158 del Delito de Contagio, para adicionar el término de Infecciones de Transmisión Sexual, que no está considerado. El sentido de esta reforma radica en tratar de prevenir la transmisión de dichas infecciones, principalmente a las mujeres y las niñas que se encuentren en condición de vulnerabilidad, puesto que en muchas sociedades, como la nuestra, las mujeres y las niñas son especialmente vulnerables a la Infecciones de Transmisión Sexual; situación que la Organización Mundial de la Salud ha informado al respecto”, expone la iniciativa.

 

Criminalización

Patricia Ponce, profesora y especialista del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS-Golfo) e integrante del Grupo Multisectorial en VIH/sida e ITS del estado de Veracruz, recordó que hace casi un año, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad, también ante la Corte.

 

 

 

Nada ha pasado

“Nosotros apelamos a la máxima autoridad federal y son ellos los que tienen que analizar la situación y otorgar la inconstitucionalidad, con ello queda derogada la reforma del Congreso.

Que los diputados se atengan a las consecuencias de la Suprema Corte, pues aunque ellos se fueran, esto procede con el siguiente Congreso”, advirtió.

La activista señaló que está comprobado que las leyes que criminalizan el VIH no han logrado erradicar el crecimiento del problema y ni siquiera han logrado proteger a las mujeres, al contrario las vuelven más vulnerables.

 

“El marido le transmite el VIH a la mujer y luego el propio marido apoyado con esta ley dice que ella se lo transmitió. No hay manera de comprobar quién se lo transmitió a quién. Además no es contagio, no se contagia, no es un estornudo”.

Afirmó que esta clase de leyes también socavan las medidas preventivas, “entonces para qué me hago una prueba rápida, porque si me detectan me pueden meter a la cárcel”, aseveró.

 

Ponce enfatizó que esto no contribuye a detener el crecimiento de la epidemia, pues contraviene normas mexicanas, y la propia constitución y exhibe un desconocimiento de los integrantes del Congreso.

 

“Antes de haber hecho esa ley debieron haber leído las normas internacionales, ahí está muy claro, no hay que criminalizar, lo que hay que hacer es crear condiciones con presupuestos para que la gente se prevenga, se proteja”.

 

Criticó que en un estado que tiene el tercer lugar nacional en Sida y segundo en mortalidad, además que tiene la tasa más alta en mujeres y niños con VIH aportan a la cifra nacional.

“Esos desvergonzados se atreven a criminalizar en un estado donde ellos son corresponsables  que la epidemia esté al tamaño que esté porque no solamente respetan la ley 306 que mandata que se generen políticas públicas sino que cada año se niegan a dar presupuesto etiquetado para generar prevención y menos supervisan que el dinero que llega de la Federación salga de las arcas y se aplique. Entonces un poco de vergüenza deberían tener”.

 

La misiva

“Esta es una carta de apoyo de JUSTICIA POR VIH EN TODO EL MUNDO para el Grupo Multisectorial en VIH/sida e ITS de Estado de Veracruz, quien por medio de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, están impugnando el artículo 158 del Código Penal del Estado Libre e Independiente de Veracruz, que criminaliza la exposición intencional a las enfermedades de transmisión sexual u otras enfermedades graves.

“En sus bases esta ley viola los derechos fundamentales de equidad anteriores a la ley, la libertad personal y la no discriminación. Como una coalición de organizaciones trabajando para erradicar el uso excesivo del derecho penal contra las personas viviendo con VIH, nosotros compartimos respetuosamente las preocupaciones del Grupo Multisectorial de VIH/sida e ITS del estado de Veracruz sobre el Artículo 158, mismo que, contrario a su propósito, empeorará la salud pública y promoverá la estigmatización de las personas con infecciones de transmisión sexual”, cita la carta a la SCJN.

Agrega “todas las respuestas legales y políticas al VIH (y otras ITS’s) deben estar basadas en la mayor evidencia disponible; los objetivos de la prevención, cuidado, tratamiento y apoyo del VIH; y respetar los Derechos Humanos.

No hay evidencia de que criminalizar la exposición potencial o percibida al VIH o ITS beneficie la prevención; sin embargo, hay serias preocupaciones de que la criminalización puede causar un daño considerable”, añaden las organizaciones. 

La reforma convierte a Veracruz en la segunda entidad del país que sanciona el contagio de infecciones o enfermedades de “Transmisión sexual”.

A esta carta, se suma el recurso de inconstitucionalidad que hace un año promovió la CNDH ante la Suprema Corte contra el Congreso y el gobernador,  donde  expone que el 14 de agosto de 2001 fue reconocido como derecho constitucional, el derecho a la no discriminación, a partir de una reforma al artículo 1° de la 6 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo cual se adicionó un nuevo párrafo que dispuso la prohibición de cualquier acto que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

“En contraste el artículo 158 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, dispone que; a quien padezca infecciones de transmisión sexual y dolosamente ponga en peligro de contagio a otro, se le impondrán pena de prisión y multa.

“Por tanto dicha norma se estima violatoria del derecho a la no discriminación, específicamente de la discriminación por condiciones de salud, ya que la tipificación de la conducta descrita diferencia a las infecciones de transmisión sexual (ITS) de otras enfermedades graves, por tanto acentúa la conducta típica para el grupo de la población que padezca alguna ITS, sin que para esta diferenciación exista justificación”.

Las organizaciones confían que la presión internacional pueda agilizar el fallo de la SCJN a favor de los derechos de los portadores del virus.

MLR