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Sin sustento constitucional, iniciativas anti-caciques

El abogado Víctor Flores, mencionó que ambas propuestas violan el artículo 1 de la Constitución

Escrito en VERACRUZ el

Dos diputados de Morena en Veracruz, buscan regular la reelección a cargos públicos y limitar los cacicazgos de líderes en el poder. Presentaron iniciativas de ley para evitar que parientes de políticos puedan ser postulados a cargo de elección y representación popular; en el caso de la reelección, se limita a un solo periodo, tras dejar pasar de tres a seis años, según sea el caso.

Las dos propuestas resultan violatorias de los derechos humanos y la Constitución, el artículo 35 determina que son derechos de los ciudadanos votar en las elecciones populares y poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las cualidades que establezca la ley.

El abogado Víctor Flores, mencionó que ambas propuestas violan el artículo 1 de la Constitución que establece que en México todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.

Al querer regular y prohibir las candidaturas se va contra normas vigentes, por lo que ambas propuestas son improcedentes.

En la 64 Legislatura, cuando era mayoría el PAN, Sergio Rodríguez Cortés, diputado independiente y hoy funcionario del gobierno de Morena, pidió modificar el artículo 35 de la Constitución, con el objetivo que “en ningún caso un ciudadano podrá registrarse como candidato si tiene una relación de parentesco, por afinidad o consanguinidad hasta el cuarto grado, a suceder al presidente de la República, Gobernador o Presidente Municipal.

Su argumento fue que las leyes deben adecuarse al contexto histórico que se vive, y en la democracia que estamos construyendo, hemos atestiguado el intento de refundar los cacicazgos políticos familiares.

La iniciativa se presentó después de la elección local en la que Miguel Ángel Yunes Linares, heredó la candidatura de su hijo Miguel Ángel Yunes Márquez, lo que se consideró nepotismo tácito, y llevó al PAN a perder la gubernatura en 2018. La propuesta del experredista se archivó por considerar que era violatoria de los derechos humanos y resultaba inconstitucional.

PROPONEN LEY ANTIMONARQUÍA

El pasado 23 de enero el diputado Henri Christopher Gómez Sánchez presentó una iniciativa, con los mismos argumentos del experredista, que busca que ningún pariente de un gobernante en turno, hasta en cuarto grado, pueda lograr una postulación o candidatura.

“Con el inicio del nuevo milenio y gracias a las oleadas democratizadoras, existe en el mundo una fiebre entre las y los ciudadanos por aspirar a ocupar un cargo público, aunque el interesado no tenga la menor cultura política, ignorando la importancia y la responsabilidad que ello implica. Cualquier individuo compite creyendo ser merecedor de dicho honor del Estado, cuando realmente es un acto de absoluta corrupción”, planteó en tribuna.

Morena postula a sus cuadros o candidatos en base a la tómbola, se eligen a precandidatos por distrito electoral o municipio, y obtienen las postulaciones tras una rifa de las candidaturas. Gómez Sánchez es diputado plurinominal, fue electo a través del azar.

El diputado planteó modificar el artículo 43 de la Constitución local, que establece que para ser Gobernador del Estado se requiere, entre otros requisitos, no tener parentesco de consanguinidad en los cuatro primeros grados, ni de afinidad en los dos primeros, con la Gobernadora o el Gobernador saliente.

Tratándose de la Presidenta o Presidente Municipal, no tener parentesco de consanguinidad en los cuatro primeros grados, ni de afinidad en los dos primeros, con la Presidenta o Presidente Municipal saliente, plantea al buscar modificar el artículo 69 de la Constitución.

En la actualidad los alcaldes de 17 demarcaciones heredaron el cargo a hijos, hermanos, primos, tíos, nuera o yerno, tras imponer sus candidaturas en los partidos políticos que militan, tal es el caso de: Acatlán, Acayucan, Ángel R. Cabada, Banderilla, Boca del Río, Cosamaloapan, Chiconquiaco, Jáltipan, Martínez de la Torre, Misantla, Pánuco, San Rafael, Santiago Tuxtla, Tantoyuca, Tonayán, Tuxpan y Veracruz.

Este 30 de enero el diputado fue víctima de la delincuencia, su automóvil fue “cristaleado” al interior de un centro comercial- el legislador atribuyó el hecho a que su propuesta estaba pesando entre actores políticos de todas las siglas partidistas.

BUSCAN REGULAR LA REELECCIÓN

El 28 de enero, el diputado local Rubén Ríos Uribe, abogado de profesión y Presidente de la Mesa Directiva, presentó una iniciativa para reformar la Constitución Federal, que se tendría que remitir al Congreso de la Unión, en la que plantea regular la reelección.

En la actualidad el artículo 59 de la carta magna federales, establece que los Senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los Diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos.

La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

También plantea la reelección de diputados locales, por hasta cuatro periodos consecutivos; en el caso de alcaldes el periodo solo podrá ser por dos periodos, siempre y cuando solo estén tres años en la Presidencia Municipal.

Tras la reforma constitucional los Estados debían adecuar la legislación local, para Veracruz la modificación se dio en el 2015, sólo se permitió la reelección de los diputados, pues los alcaldes duran en su cargo 4 años, y la Constitución establece la reelección en periodos de tres.

Fue en 2016 que se permitió la reelección de diputados locales. En la actual legislatura seis panistas y un morenista, aparecieron en las boletas en 2018 y lograron repetir en la representación proporcional.

La propuesta de Ríos Uribe plantea que las Senadoras y los Senadores, Diputadas y Diputados del Congreso de la Unión no podrán ser electos para el período inmediato. Pasando éste, podrán desempeñar nuevamente el mismo cargo, sólo por un período más.

Terminando el segundo período de ejercicio, quedará definitivamente incapacitado para ser nuevamente electo y desempeñar el cargo de Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados del Congreso de la Unión en cualquier tiempo.

En el caso del artículo 115, plantea: Las presidentas y los presidentes municipales, regidoras y regidores, síndicas y síndicos, no podrán ser electos para el período inmediato. Pasando éste, podrán desempeñar nuevamente el mismo cargo, sólo por un período más.

Las diputadas y los diputados de las legislaturas de los Estados no podrán ser electos para el período inmediato. Pasando éste, podrá desempeñar nuevamente el cargo de diputada y diputado local, sólo por un período más.

En ambos casos establece que, terminando el segundo período de ejercicio, quedará definitivamente incapacitado para ser nuevamente electo y desempeñar el cargo de diputada y diputado local en cualquier tiempo.

En la presentación de su propuesta, en la sesión del 28 de enero, el diputado reconoció que su iniciativa podría ser considerada inconstitucional, pero aclaró que la carta magna establece que para ser votado se deben reunir los requisitos de ley, lo que abre la ventana para que se pueda regular, según él, la permanencia de los representantes populares.

ygr