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SCJN corrige a Cuitláhuac y declara inconstitucional delito de ultrajes

El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se presenta un día después de que el Congreso del Estado modificó el Código Penal sin derogar el delito

Escrito en VERACRUZ el

XALAPA, VER.- Al resolver las acciones de inconstitucionalidad 59 y 66/2021, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucional el delito de ultrajes a la autoridad contenido en el Código Penal de Veracruz. 10 votaron a favor y uno en contra.

Los ministros de la SCJN reconocieron que la derogación de dos fracciones del artículo 331 del Código Penal que se votó por diputados locales de Veracruz en sesión extraordinaria el domingo 27 de enero, resultó insuficiente.

Por lo anterior, desecharon la petición del gobernador Cuitláhuac García para sobreseer la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).

En la revisión de las dos acciones determinaron invalidar los artículos 331 y el 371 en su segundo párrafo, es inconstitucional.

El artículo de ultrajes, planteó el ministro ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo, no cumple con la taxatividad que obliga las leyes, no es claro, pues lo escrito en la norma vigente se entiende contra cualquier amenaza o agresión, lo que implica una limitante de la liberta de expresión

Por lo que cualquier dicho, incluso, un escrito en redes sociales puede generar malestar o afectar a un policía, lo que podría llevar a la implementación de acciones arbitrarias contra cualquier ciudadano.

“La norma impugnada tiene un impacto desproporcional sobre las personas, pues al criminalizar cualquier amenaza o agresión sin poder saber, a priori, si sus expresiones o actos son considerados o no como delictivos, genera un efecto inhibitorio del derecho a la libertad de expresión, ante el miedo de que por expresar sus opiniones sean sujetos de la acción penal del estado, cuestión que limita, de manera de irrazonable, el ejercicio de esa libertad”.

La mayoría de los ministros dijeron estar a favor de la derogación, sin embargo, se pronunciaron contra la redacción del artículo, pues resulta confuso y da paso a la violación de derechos humanos, y no así por el argumento del ponente que mencionó que la redacción afectaba la libertad de expresión.

En la sesión se informó del sobreseimiento de la acción 59/2021 que presentaron 17 diputados locales, lo anterior, porque previo a la presentación de la acción la diputada del PAN, María de Jesús Martínez, solicitó licencia del cargo, por lo que su rúbrica no se podría computar para el análisis de la acción.


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