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Película donde sale alcalde de Aguascalientes no se baja: TEPJF

Magistrados determinan que fragmento de la película donde aparece Teresa Jiménez no afecta ningún derecho y ni daña al proceso electoral en curso

Escrito en ESTADOS el

AGUASCALIENTES.- Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró improcedente bajar la película "Se busca papá", donde aparece la presidenta municipal de la capital del estado, Teresa Jiménez, de la plataforma de Netflix.

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De acuerdo con los magistrados, la medida cautelar solicitada por Movimiento Ciudadano contra la alcaldesa no afecta ningún derecho y ni daña al proceso electoral en curso.

Luego del análisis, las y los magistrados determinaron que el INE actuó de acuerdo con la normativa electoral, al negar la medida cautelar ya que no había elementos suficientes para aplicarla.

Resolvieron que los agravios presentados por Movimiento Ciudadano son infundados, “ya que la difusión del fragmento de la película donde aparece la servidora pública no afecta ningún derecho y no genera un daño irreparable al proceso electoral en curso”.

La Sala Superior señaló que no hay elementos que determinen que la denunciada incurrió en realizar actos de promoción personalizada, debido a que durante su aparición en la escena no hizo uso de la voz y tampoco se hizo referencia al nombre y al cargo.

El 22 de septiembre pasado, la representación de Movimiento Ciudadano ante el INE en Aguascalientes denunció a la presidenta municipal por la presunta comisión de infracciones entre las que destacan la promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, así como actos anticipados de precampaña, luego de aparecer en una película disponible en Netflix, por lo que solicitó la suspensión de la difusión, como medida cautelar.

El 24 de noviembre la Comisión de Quejas y Denuncias del INE dio a conocer el acuerdo en el cual declaró improcedente la medida cautelar, por lo que la delegada de MC se inconformó e interpuso un recurso.

El TEPJF consideró que no hay argumentos de que la servidora pública tuviera la intención de posicionarse frente a otras personas en algún proceso interno de selección de candidaturas, durante su aparición.