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¿Médicos pueden rechazar el aborto? Esto es la objeción de conciencia

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este lunes la opción que trabajadores de la salud tenían para rechazar practicar un aborto

Escrito en VERACRUZ el

La ley que permitía a médicos y enfermeros apegarse a la objeción de conciencia para oponerse a la realización de abortos generaba un compromiso para el gobierno mexicano, opinó Estela Casados González, académica de la Universidad Veracruzana.

De acuerdo con la también directora del Observatorio Universitario de Violencias contra las Mujeres (OUV Mujeres), la objeción de conciencia comprometía al Estado a contar con suficientes médicos dispuestos a practicar abortos, es decir, que no fueran objetores.

Sobre la existencia de médicos y enfermeros que hacen uso de la objeción de conciencia para rechazar la interrupción del embarazado, la académica consideró que es parte de los derechos de los profesionales de la salud.

Según Casados González, las autoridades deben ser más contundentes en las capacitaciones que se dan a médicos y ejemplificó las acciones que se hicieron en Veracruz luego de la segunda Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) por agravio comparado, de 2017.

“Informar al gremio médico, sobre todo en instituciones de salud, acerca de lo que es la objeción, lo que implica, etcétera, para que se tome una decisión informada.

Pero al final del día los médicos son libres de ejercer su propia objeción de conciencia y por otro lado también deben de informarse, sobre todo ahora con lo que decida la Suprema Corte de Justicia sobre en torno a qué van a estar tomando una decisión”, dijo.

Este lunes 20 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud que permite a los médicos y enfermeros hacer uso de su objeción de conciencia para rechazar practicar un aborto.

Según la ministra Norma Piña, la legislación ponía en riesgo a las mujeres que abortan, pero también a quienes buscaban vacunas, anticonceptivos, personas trans o pacientes con VIH, entre otras.

El pasado 13 de septiembre, los ministros de la SCJN reconocían como constitucional el derecho a la objeción de conciencia médica, pero de forma individual y con la obligación de que el gobierno mexicano garantice la protección de la salud de los pacientes.

Sin embargo, ahora apoyaron la impugnación que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hizo a la reforma de 2018 al artículo 10 Bis de la Ley General de Salud que permitía la objeción de conciencia médica.

La resolución de la Suprema Corte se registró dos semanas después que sus ministros declararon inconstitucional la criminalización del aborto tras invalidad el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que sentenciaba con cárcel a las mujeres que interrumpían su embarazo.

El pasado 20 de julio, el Congreso de Veracruz votó a favor de la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, luego de las reformas a los artículos 149, 150, 151, 153 y 154 del Código Penal del estado.


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