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“Mañaneras”, propaganda que beneficia a Morena en elecciones: experto

Para el ex consejero electoral, Javier Santiago, los discursos del presidente no sólo son rendición de cuentas, sino también juicios sobre sus adversarios

Escrito en ESTADOS el

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió dejar sin efecto el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la suspensión de las mañaneras en Hidalgo y Coahuila durante las campañas, que arrancan este sábado.

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Es decir, las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador seguirán siendo transmitidas en estos estados, pese a que la Ley electoral prohíbe la propaganda gubernamental durante procesos electorales.

Para entender a fondo el contexto electoral de esta resolución, el ex consejero electoral y profesor de la UNAM, Javier Santiago, explicó a La Silla Rota los alcances de esta resolución del TEPJF.

Explica que esta resolución podría ser violatoria a la norma electoral, pues –asegura- los discursos del presidente durante las mañaneras no sólo son rendición de cuentas, sino también juicios sobre sus adversarios.

(Fotos Cuartoscuro)

“Si hacemos un análisis del discurso de las mañaneras, está compuesta de dos elementos: un elemento informativo, porque sí hay información gubernamental, y otro elemento de carácter de juicio político sobre los adversarios, en los cuales el presidente toma una postura”, explica Javier Santiago, quien considera que la descalificación a sus adversarios favorece a su partido (Morena).

El exconsejero también explica de dónde surge la necesidad de esta normativa, en la que el fondo radica en una equidad electoral.

Para entender el contexto de la intención de suspender las mañaneras dice: “hay que entender la realidad política por la que se dio esta disposición legal, fue una concesión a la oposición de aquel entonces cuando el PRI era el partido hegemónico”.

En este sentido, Javier Santiago explica que con esta reforma se busca la equidad electoral, pues el PRI, cuando se aprobó, tenía el predominio y el control de los medios y podía obtener todo el eco posible en sus posturas políticas.

¿QUÉ DICE LA CONSTITUCIÓN?

El artículo 41 de la Constitución Mexicana señala que “durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de las jornadas comiciales respectivas deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, y las necesarias para la protección civil en casos de emergencia”.

Desde la percepción del académico, esta reforma constitucional es adecuada, pues, aunque pudiera limitar al partido en el poder, considerando que es una restricción de la libertad de opinión de los funcionarios públicos, “ayuda a evitar el apagamiento de las minorías contra el partido en el poder, ya que se está en una posición privilegiada (…) provocando una inequidad electoral”.

EL ANTECEDENTE DE 2019

Hace un año, meses antes a las elecciones de 2019 en Aguascalientes, Baja California, Durango, Puebla, Quintana Roo y Tamaulipas, el INE determinó no transmitir las mañaneras en estos estados durante el proceso electoral.

Esto, tras una medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) “por transgresiones a las reglas de difusión de propaganda gubernamental, al principio de imparcialidad y al modelo de comunicación política, derivadas de las conferencias presidenciales matutinas y su difusión de manera completa e ininterrumpida en los estados con Proceso Electoral 2019”.

El consejero presidente, Lorenzo Córdova, y Javier Santiago

De esta forma, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE admitió suspender de inmediato la transmisión, retransmisión y difusión de las mismas hasta terminar el proceso, pues determinó que esas conferencias pueden equipararse a propaganda gubernamental y, por tanto, deben ceñirse al límite temporal, consistente en que no pueden difundirse desde el inicio de las campañas electorales y hasta el día de la jornada electoral.

Tras esta resolución, el 28 de mayo, durante la conferencia mañanera, el presidente dijo estar a favor de que no se transmitan sus conferencias de prensa.

Estoy de acuerdo que no se transmitan donde hay elecciones. En lo que corresponde a nosotros que a partir de mañana ya no se transmiten (sic) o bueno a partir de hoy si tenemos algo en la tarde

Sin embargo, un año después, el presidente ha cambiado su discurso: “no estoy de acuerdo porque no es propaganda, es información y también ya presentamos nuestra queja sobre este tema”, dijo el pasado 2 de septiembre cuando se informó sobre el acuerdo del INE.

Para el exconsejero Javier Santiago, este cambio de discurso tiene que ver con los tiempos políticos.

“Los tiempos políticos son distintos”, dice y asegura que las próximas elecciones (incluidas las de 2021) permitirán perfilar a los partidos que competirán en las elecciones presidenciales del 2024.

El cambio de posición tiene que ver en lo que está en el juego, y con un interés de carácter político

Para finalizar, refiere que la incógnita para las próximas elecciones estará en el Tribunal Electoral.

La resolución es del tribunal y es inacabable y es la última instancia”, aunque reconoce, que “los tribunales siempre tienen la razón jurídica, pero no implica que tengan la razón