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Desvíos de duartistas comienzan a sancionarse, tras 8 años

Juan Antonio Nemi Dib libró un proceso penal en su contra pero no una sanción administrativa iniciada por la ASF

Escrito en VERACRUZ el

XALAPA, VER.- El exsecretario de Salud, Juan Antonio Nemi Dib, intentó evadir su responsabilidad administrativa de devolver un millón 876 mil pesos a la Hacienda federal por malversación de recursos públicos cuando fue titular de esa dependencia, culpando a la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) de dichas irregularidades.

Por casi ocho años, quien fuera colaborador de Javier Duarte de Ochoa (quien purga una condena por asociación delictuosa en el Reclusorio Norte de la Ciudad de México) ha transitado entre altibajos tratando de eludir diversos procesos abiertos en su contra, tanto por esa vía como la penal.

Aunque libró la prisión, administrativamente el exfuncionario ha sido encontrado responsable de mal manejo de recursos federales, por lo que ahora debe de reintegrar casi 2 millones de pesos a la tesorería de la federación.

Aunque Nemi Dib promovió un juicio contencioso administrativo contra la resolución de 18 de diciembre de 2018, dictada en el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias DGR/B/06/2017/R/12/056, el recurso fue desechado, poniendo fin a sus intentos por desafanarse del reintegro.

A través de este, la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) determinó un resarcimiento por el daño causado a la Hacienda Pública federal por la cantidad de 1 millón 876 mil 237 pesos con 99 centavos.

Mientras tanto Nemi Dib, quien a lo largo de ese tiempo ha intentado retomar su vida profesional y personal, puso un negocio de coaching para abrirse paso en el mercado laboral tras su paso como funcionario público.

Su empresa, que lleva por nombre Creación Consciente, busca llegar a profesionistas como abogados, políticos, emprendedores, autoridades de todos los niveles, así como a profesores a través de actividades que tienen que ver con la comunicación asertiva.

También contó su historia con la ley. Tras salir del penal gracias a amparos ante la justicia federal, usó las redes sociales para platicar de su experiencia “cuando no hay un grupo político que te respalde”.

Tanto él como Duartistas empiezan a ser sancionados por malos manejos, a casi una década de su paso por el servicio público.

DESVÍOS EN LOS SERVICIOS DE SALUD

Nemi Dib ha sido acusado y llevado a proceso por diversas irregularidades en el estado de Veracruz, y es, de acuerdo con la sentencia en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), responsable de infringir las disposiciones contenidas en el acuerdo marco de coordinación celebrado entre el gobierno federal y estatal para la aplicación de acciones en materia de salud que debían ser subsidiadas por el ejecutivo federal, al hacer un uso distinto al destinado de esos recursos.

De acuerdo con los argumentos de defensa del exfuncionario, la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) es la que violentó el convenio específico en materia de transparencia de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas celebrado por el Ejecutivo federal por conducto de la Secretaría de Salud en el ejercicio 2012 y el estado de Veracruz el 26 de marzo de 2012.

Al respecto señaló que la secretaría no cumplió con ministrar íntegramente y dentro de los tres días siguientes a su recepción los recursos federales a la unidad ejecutoria Servicios de Salud de Veracruz.

De esta manera, al cierre del ejercicio 2012 la dependencia no ministró los recursos federales a los Servicios de Salud de Veracruz, incumpliendo también con reintegrarlos a la federación a más tardar el 15 de marzo de 2013, como lo marca la reglamentación.

En el Informe Ejecutivo de Situación Financiera del 2 de octubre de 2014, se explica que en los adeudos que tenía la Sefiplan con los Servicios de Salud, se incluirían los recursos del convenio referido, lo que resultó contraproducente para Nemi Dib, pues con ello se evidenció que el dinero no fue devuelto a la tesorería de la federación antes del 15 de marzo de 2013.

Así, el excolaborador de Duarte acusó que la ASF le determinó una responsabilidad que no le corresponde exclusivamente, además que la Auditoría no encuadró correctamente los actos que sanciona a la hipótesis normativa en que apoyó su determinación, puesto que los convenios referidos “no constituyen un fundamento legal, pues no son leyes o normas que jurídicamente regulan determinada conducta”.

Por su parte, la ASF sostiene que sus acusaciones encuentran cabida en diversos supuestos: en primer lugar, en el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias DGR/B/06/2017/R/12/056, se advierte que de acuerdo con la propia resolución, Nemi Dib no aclaró ni acreditó que los recursos públicos federales que le fueron entregados el 4 de octubre de 2013 por la SEFIPLAN, hayan sido reintegrados de manera oportuna a la Tesorería de la Federación.

Ello, aun cuando la TESOFE haya podido recibirlos de manera extemporánea, de conformidad con lo dispuesto en las Cláusulas Cuarta, último párrafo, y Sexta, fracción IV, del convenio referido. 

DEFENSA DE NEMI, INOPERANTE

Bajo ese argumento, el TFJA consideró infundada la impugnación de Nemi, ya que contrariamente a lo aducido, los actos impugnados no se emitieron porque no reintegró los recursos, sino porque estos, aun habiéndose entregados por la Sefiplan en otro momento, fueron usados para un fin distinto a los etiquetados, por lo que debían ser devueltos.

El tribunal precisó que en ningún momento negó que los recursos públicos federales le hubiesen sido entregados hasta el 4 de octubre de 2013 por parte de la Secretaría de Finanzas, como tampoco “acreditó en forma alguna que los hubiese reintegrado a la tesorería de la federación de inmediato, pues sí los utilizó”. 

Igualmente, consideró inoperantes los argumentos relativos a que la Secretaría de Finanzas incurrió en responsabilidad al no haberle suministrado oportunamente los recursos.

“En efecto, el que dicha dependencia estatal haya incurrido en responsabilidad, no desvirtúa que la actora también incumplió la obligación que tenía a su cargo, consistente en reintegrar recursos que, como le fueron entregados extemporáneamente por la Secretaría referida, esto es, fuera del plazo establecido para ello en el convenio específico CONVENIO-AFASPE-VER/2012, ya no podían ser utilizados”.

El tribunal que condenó a Juan Antonio Nemi señala que en efecto, el convenio para el suministro de recursos federales en materia de salud no se trata de una ley, ello no significa que el exsecretario pudiera elegir entre cumplirlo o no.

Asimismo, aunque acusó que la ASF no valoró debidamente las pruebas ofrecidas en el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias, donde confirmó que de los dos millones de pesos usó más de un millón para pago de nómina, solamente deja en evidencia que al ser usados para otro fin, faltó con ello “a su deber y obligación de respetar las reglas procesales aplicables”. 

Dicho argumento fue compartido por el tribunal, pues lejos de acreditar que reintegró los recursos de manera oportuna, reconoce que no lo hizo, además que “los utilizó para otros fines”.

NEMI BUSCÓ CULPAR A SEFIPLAN Y CONTRALORÍA

Con tal de esquivar la acusación y eventual devolución de recursos federales, Juan Antonio Nemi Dib buscó culpar a la Secretaría de Finanzas.

Ante ello, sostuvo que al haber sido servidor público del Poder Ejecutivo del estado de Veracruz, le era aplicable el régimen de obligaciones contenidas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el estado de Veracruz, cuyas sanciones estaban debidamente definidas y regidas por dicha normatividad.

Es decir, que del momento en que supuestamente debió reintegrar el recurso federal (4 de octubre de 2013) a la fecha en que se le notificó el inicio del procedimiento de responsabilidad resarcitoria (12 de junio de 2017) transcurrieron 3 años y 8 meses, por lo que las irregularidades que sirvieron de sustento a la ASF para imponer la sanción se encuentran prescritas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el estado de Veracruz vigente en la época de los hechos. 

El funcionario indicó que si bien es cierto que los recursos públicos son normados por la legislación federal, también lo es que existe normatividad estatal, la cual debe citarse por tratarse de la imposición de una sanción de naturaleza administrativa a un servidor público del Estado de Veracruz, lo que le era aplicable.

La sala del TFJA consideró que los actos impugnados por Nemi no derivan de un procedimiento de responsabilidades de servidores públicos, sino de un procedimiento de fincamiento de responsabilidades resarcitorias, por lo que no resulta aplicable legislación alguna relativa a la determinación de responsabilidades de servidores públicos del estado de Veracruz.

Además, los propios artículos 50 y 54 de la citada ley señalan que las responsabilidades resarcitorias se fincarán independientemente de las sanciones administrativas que señala, lo que es contrario a los argumentos del exservidor.

Asimismo, aunque quisiera apelar a la aplicación del artículo 77, que tiene que ver con las facultades del superior jerárquico y de la Contraloría General para imponer las sanciones que esta Ley prevé, aun cuando estas prescriben en tres años, esta no prevé la “prescripción de irregularidades”, sino la prescripción de las facultades sancionadoras de las autoridades estatales a que se hace referencia.

“Además, los actos impugnados, como ya se precisó, no derivan de un procedimiento de responsabilidades de servidores públicos, sino de un procedimiento de fincamiento de responsabilidad resarcitoria. Aunado a lo anterior, la autoridad que emitió los actos impugnados no es el superior jerárquico de la hoy actora ni la Contraloría General, sino la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación”.

No es esta la primera que Nemi Dib se ve envuelto en señalamientos de desvío de recursos o malas prácticas como servidor público. Si bien el proceso penal en su contra no prosperó, debido a la obtención de amparos federales, en su momento fue acusado de peculado, incumplimiento de un deber legal y abuso de autoridad.

Lo anterior debido a que en su cargo como Secretario de Salud permitió y no sancionó irregularidades en la construcción de la Torre Pediátrica con materiales de mala calidad. En su momento, acusó que fue la Comisión de Espacios de Salud la que incurrió en anomalías.

Durante su paso por la SSA también se detectaron desvíos en el Seguro Popular, en el orden de los 14 millones de pesos, por lo que suspendió a diversos colaboradores.

Al respecto, Nemi señaló que interpuso más de 200 denuncias por hechos irregulares que encontró en la secretaría.

De acuerdo con el propio exsecretario, las determinaciones de jueces federales que ha obtenido a su favor no han sido impugnadas por la Fiscalía General del Estado (FGE).

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