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¿Cuitláhuac no y AMLO sí? Por esto no aplica revocación en Veracruz

AMLO solicitará someterse a revocación en 2022; en Veracruz se podría pedir sólo para el próximo gobernador, recabando unas 600 mil firmas

Escrito en VERACRUZ el

Mientras el presidente Andrés Manuel López Obrador será sometido al proceso de revocación de mandato en marzo del próximo año 2022, en Veracruz el gobernador Cuitláhuac García Jiménez está por librarse de este mecanismo de democracia participativa.

Diputados locales de Morena, partido en el poder, presentaron una iniciativa para que este instrumento no se aplique de forma retroactiva al actual titular del Ejecutivo. Esto significa que, de aprobarse en sus términos la propuesta, sólo los mandatarios que sucedan al morenista podrían ser sometidos a la revocación.

Al respecto y pese a las críticas de políticos de la oposición, la exclusión del actual gobernante veracruzano es vista de forma favorable por académicos en la entidad. Leopoldo Alafita Méndez, investigador de la Universidad Veracruzana (UV), afirmó que de aplicarse al actual Ejecutivo se terminaría por “secuestrar” su mandato debido a que fue electo con otras reglas que están por cambiarse por los actuales diputados.

“La administración de un gobierno no puede estar sujeta o ser presa de una especie de secuestro de su mandato”, opina.

Además, Alafita Méndez incluso resaltó la dificultad que habrá para que la revocatoria pueda solicitarse en contra de un servidor público electo tanto en Veracruz como a nivel federal debido al elevado número de firmas que se deben recabar; igualmente para que sea válida o vinculante todavía será más difícil.

Y es que para pedirla contra el presidente se requieren aproximadamente 2 millones 700 mil firmas, de ahí que, haciendo uso de esta facultad, será el propio López Obrador el que la solicitará al Congreso de la Unión; para el caso del Gobernador de Veracruz únicamente podrán pedirla los ciudadanos y serían necesarias más de 600 mil firmas, según los términos de la iniciativa presentada por el grupo legislativo de Morena en la entidad.

La propuesta agrega que, durante el mes anterior a la conclusión del tercer año de ejercicio constitucional, la ciudadanía debe sumar el apoyo del diez por ciento de las personas inscritas en el padrón electoral de Veracruz en cuando menos la mitad más uno de los municipios, a efecto de presentar al Organismo Público Local Electoral durante los tres meses subsiguientes sus intenciones para la celebración de dicho proceso.

Finalmente, de contar con el apoyo necesario, para lograr la revocación al presidente se requeriría la participación de aproximadamente 37 millones de electores y únicamente procedería si hay mayoría absoluta, es decir, si más del 50 por ciento de quienes voten respaldan la destitución.

En Veracruz, hasta este 2021, la lista nominal está integrada por 5 millones 979 mil 606 ciudadanas y ciudadanos, por lo que deberían participar al menos 2 millones 400 mil ciudadanos o el 40 por ciento del total y obtener la mayoría absoluta o más de la mitad de los votos para que tenga validez.

Pese a las reformas implementadas, indicó Alafita Méndez, todo parece indicar que mecanismos democráticos como la revocación, o la propia Consulta Popular 2021 a celebrarse el próximo 01 de agosto sobre los juicios a expresidentes, serán instrumentos prácticamente imposibles de implementar.

El propio Gobernador, Cuitláhuac García, a pregunta expresa afirmó que “quien nada debe nada teme” en relación a este tema, afirmando que fueron otros los gobernantes quienes sentaron los precedentes para que la revocación no sea vinculante con los actuales mandatarios estatales.

“Estoy enterado de que gobernadores actuales ganaron en la Suprema Corte una controversia en el sentido de que les daba la razón de que ellos no podían someterse porque ellos fueron elegidos bajo unas leyes.

“La Suprema Corte les otorgó y pues ya es jurisprudencia de la Suprema Corte. Pues no me toca más que una cosa, acatar”, dijo el morenista, aunque en realidad el Ejecutivo se refería a un fallo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que declaró improcedente la solicitud de revocación del mandatario de Chihuahua, Javier Corral.

REVOCACIÓN, SÓLO PARA AMLO

Para darle contexto al tema en Veracruz es necesario recordar las modificaciones del 2019 a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato, que entraron en vigor el 20 de diciembre de ese año.

En dicho decreto se establece, además de lo relativo a la consulta popular, que para el caso de la revocación de mandato los Congresos de los estados debían hacer lo propio para integrar la nueva normatividad.

Ello ha de permitir, en apariencia, que a la mitad del gobierno de quien en ese momento ostente el cargo de gobernador, la población pueda evaluar su permanencia o no, tal como ocurrirá con el presidente López Obrador el año próximo.

Sin embargo, las disposiciones a las que habrá de sujetarse el jefe del Ejecutivo Federal no aplicarán igual en el caso de Cuitláhuac García por una razón: la iniciativa de MORENA para modificar la Constitución Política de Veracruz en esta materia lo exime.

Es decir, la iniciativa que presentó el pasado mes de junio la fracción de Morena en el Congreso de Veracruz si bien establece las bases para la realización del ejercicio democrático ya señalado, enumera una serie de motivos por los cuales no es posible aplicarla a García Jiménez.

En primer lugar, la fracción morenista dejó en claro la “facultad discrecional” que posee de determinar respecto de la aplicación de la figura de revocación de mandato tratándose del caso de la presente administración pública estatal, justificando que esto es así ya que no existe “imposición nacional” o parámetros mínimos o máximos para adecuar la legislación local.

Así, expresan como primer agravio de aplicación la nueva normativa al gobernador García, una supuesta vulneración a la certidumbre jurídica que se le concedió con la elección del 2018.

“En tal entendido, quienes esto suscribimos consideramos no prudente la previsión expresa de un posible desarrollo de la figura de revocación de mandato para el caso de la actual administración pública estatal (…) ello en razón de la volatilidad jurídica que tal disposición acarrearía a la entidad, toda vez que de hacerlo se considera podría vulnerarse la certidumbre jurídica respecto del desarrollo del proceso electoral que se desarrolló en el año 2018 para la renovación del titular del Poder Ejecutivo del Estado, el cual a esta fecha se considera total y definitivamente concluido en sus términos”, señala la iniciativa. 

Los diputados de Morena en el Congreso explican que esto es así toda vez que al haber sido expedida la respectiva convocatoria para elección de Gobernadora o Gobernador del Estado periodo 2018-2024, no existía en el orden jurídico veracruzano disposición que previera la posibilidad de una conclusión anticipada a tal plazo que actualmente ostenta Cuitláhuac García.

Aplicar revocación de mandato al gobernador, acarrearía, de acuerdo con los diputados morenistas, la consecuente vulneración de los derechos de otras personas, tales como todos quienes participaron en los procesos de selección partidista, quienes quedaron como candidatos e incluso, los votantes y quienes llegaron como nuevos servidores públicos.

“… de actuar así una minoría terminaría imponiéndose ‘sorpresivamente’ sobre la mayoría de personas que participaron en el proceso electoral 2018.

“Por eso, consideramos de mejor cuño jurídico el que la vigencia y eficacia plena de la figura de revocación de mandato sea a partir del venidero proceso electoral de renovación de titular de Poder Ejecutivo, sin que ello deje de cumplir lo mandatado por el constituyente permanente nacional”.

NO PUEDEN CAMBIARSE LAS REGLAS

Para justificar los lineamientos descritos, los diputados de Morena se basaron en precedentes legales. En la propuesta se hace referencia a un proceso contrario al que se defiende: la ampliación de mandato del gobernador de Baja California, Jaime Bonilla Valdez, quien pretendía pasar de dos a seis años de gobierno.

Al citar el precedente, que fue tildado de ilegal por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Congreso destaca que no pueden cambiarse las reglas con las que se eligió a una persona para el cargo de elección popular, pues esto transgrede todas las leyes ya escritas.

Sin embargo, este proceso de inconstitucionalidad se presentó como parte de las reglas en materia electoral que señala que las leyes locales y federales deben emitirse con al menos 90 días de anticipación al proceso electoral, aunque en este caso, es una modificación a la Constitución.

Un argumento similar precisó el gobernador García Jiménez al ser cuestionado sobre la posibilidad de someterse a la revocación.

El mandatario dijo que hay precedentes del estado de Chihuahua para evitar un recorte a un mandato electo democráticamente; aunque el gobernador afirmó que hay jurisprudencia de la Suprema Corte y esta debe acatarse para impedir la procedencia de la revocación, su comentario no fue correcto.

Lo anterior porque no fue la Suprema Corte la que discutió este tema, sino el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

“Estoy enterado de que gobernadores actuales ganaron en la Suprema Corte una controversia en el sentido de que les daba la razón de que ellos no podían someterse porque ellos fueron elegidos bajo unas leyes.

“La Suprema Corte les otorgó y pues ya es jurisprudencia de la Suprema Corte. Pues no me toca más que una cosa, acatar”, dijo.

El gobernador también se refirió a las modificaciones a la ley electoral de Veracruz y aunque esta fue combatida por la reducción de prerrogativas a los partidos políticos, en ella se establecía ya un primer blindaje a la figura del gobernador para evitar la revocación. En ese caso, la reforma fue anulada por la SCJN.

“En esta ocasión ya emitió la Corte su opinión y pues ya apechugar, no fue intención nuestra, fue de los que todavía quedan y se amarraron el dedo. Hay que partir del hecho de ‘el que nada debe, nada teme'''''', dijo.

PUEDE FORTALECER A MANDATARIOS

En este panorama, Leopoldo Alafita Méndez, investigador de la UV dijo que, si bien la revocación da control a los electores “para remediar de alguna manera una decisión equivocada” en un proceso electoral, la inaplicabilidad de la norma en este periodo que se desarrolla debe ser correcta.

“Sería muy apresurado. Creo que la administración de un gobierno no puede ser sujeta de un secuestro”, acota.

Alafita Méndez, experto en sistemas políticos señaló que la reforma para la revocación de mandato pudiera servir no solo en términos negativos, sino como un instrumento de fortalecimiento a un mandatario que, siempre y cuando haga un buen trabajo, confirme su aceptación social.

“Todos estos elementos que se van incorporando al cuerpo de las normas se puedan poner en un ejercicio de cara a la sociedad para que sean los ciudadanos para que tomen el control de lo público porque de lo contrario somos sujetos que se manipulan”.

Sin embargo, reconoció que no son instrumentos que vayan a dar resultados satisfactorios del todo, pues se establecen parámetros muy altos de consenso social para llevarlos a cabo, es decir, solicitar que en este caso y en las consultas se requiere que participen al menos el 40 por ciento de quienes integran el padrón electoral -una vez recabadas y validados los votos del 10 por ciento- es una cifra muy alta.

“Es sumamente alta. Creo que son ejercicios más que jurídicos, son políticos”, agrega.

A ello se suman otros factores como el debilitamiento de los órganos electores que fueron “avasallados” por el sistema de partidos actual, lo que solo se remediaría con una reforma integral.

“Esa crisis ha pasado a traer a los organismos electorales. Una sociedad que se queda sin voceros de los partidos políticos se le hace a un lado y han sido los intereses económicos los que han tomado la batuta.

“Yo creo que se va a hacer una reforma que ponga por encima de los intereses de partido, los intereses ciudadanos”.

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