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Conceden amparo a empleados del IMSS para ausentarse en emergencia

Se trata de una enfermera y un enfermero de la clínica 57 a quienes se les obligaba a laborar, pese a ubicarse en el grupo de riesgo mortal por coronavirus

Escrito en VERACRUZ el

Veracruz, Ver.- El Juzgado Tercero de Distrito del Séptimo circuito con sede en Boca del Río concedió la suspensión definitiva a dos amparos presentados por trabajadores del área de enfermería de la clínica 57 del IMSS, a quienes se le negó la incapacidad para presentarse a trabajar durante la emergencia sanitaria por coronavirus.

Se trata de una enfermera y un enfermero de la clínica ubicada sobre la avenida Cuauhtémoc de la ciudad de Veracruz, que solicitaron su incapacidad el 2 de abril a su jefe inmediato, ya que por padecer diabetes e hipertensión se encuentran en el grupo vulnerable o de riesgo mortal en caso de contagiarse por coronavirus.

“El trabajador está diagnosticado por el propio IMSS como diabético e hipertenso, en función del acuerdo que saca la Secretaría de Salud estaría solicitando no presentarse a trabajar y una de las médicas del Instituto le contesta que no, que tiene que presentarse a trabajar.

“El señor preocupado habla con el licenciado Carlos Calles Alvarado y conmigo y analizamos que lo más viable es un amparo, porque el propio decreto presidencia habla que aún en las actividades fundamentales la población en grupo de riesgo no tiene que ir”, declaró Gabriel Cámpoli, representante legal de los trabajadores, sobre el primer amparo concedido.

En los expedientes 226/2020 y 227/2020 la juez Marisol Barajas Cruz determinó procedente el acto reclamado sobre la obligación de presentarse a trabajar y la negativa de no presentarse que emitió el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) al trabajador.

El criterio de la jueza fue que con las condiciones de salud que acreditaron los empleados se ponía en riesgo su salud y su vida.

El representante legal, Gabriel Cámpoli, señaló que se trata de los primeros amparos que se logra en favor de trabajadores para ausentarse a trabajar por incapacidad durante la emergencia sanitaria por coronavirus.

Lo anterior sería precedente para que otros empleados en las mismas condiciones puedan lograr el mismo beneficio.

TRABAJO DE ABOGADOS A DISTANCIA

Gabriel Cámpoli dijo que tanto él como el abogado Carlos Calles Alvarado han dado seguimiento a ambos casos sin tener contacto físico con los empleados del IMSS, como parte de las medidas de restricción por el coronavirus, ya que los trámites y acuerdos se llevan a cabo de manera virtual.

Lo anterior permite a los abogados que llevaron el caso puedan ofrecer sus servicios para este tipo procesos sin importar en qué ciudad o estado del país se encuentre la persona que requiera hacer el trámite.

“Este es el primer caso en Veracruz, no sé si a nivel nacional, pero sería un precedente a trabajadores a los que no le estén haciendo válido en este caso en el IMSS, pero puede ser en el Issste, en Seguridad Pública o puede ser ene número de lugares en donde las actividades tienen que seguir, pero si las personas están en riesgo no se les puede mandar a que se mueran”, declaró.

Ygr