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Pagar tu tarjeta de crédito con efectivo podría meterte en problemas con el SAT

Por usar dinero en efectivo para estas operaciones el SAT puede iniciar un procedimiento de discrepancia fiscal en tu contra

Escrito en DINERO el

Atrasarte o incumplir el pago de tu tarjeta de crédito puede hacer acreedor a tasas de interés demenciales y a la molesta insistencia de los cobradores de los bancos.  Sin embargo, también hay riesgos asociados al pago de las mismas, como ocurre si lo haces con dinero en efectivo.

Lo que sucede es que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene muchas dificultades para rastrear la procedencia del dinero en efectivo y, como no tiene forma de detectar si ya pagaste impuestos por él, puede suponer que tienes más ingresos que los que declaraste, de acuerdo con el sitio especializado El Contribuyente.

Ejemplificó que si retiras cierta cantidad de tu cuenta de nómina, 10 mil pesos, y usas la mitad para pagar tu tarjeta de crédito. Como el SAT no tiene forma de saber que ya pagaste impuestos por los 5 mil pesos con los que estás pagando tu tarjeta, puede iniciar un proceso de discrepancia fiscal.


¿Discrepancia fiscal?

Las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario sea superior a los ingresos declarados.

Si en su lugar pagas tu tarjeta sin sacar el dinero de tu cuenta bancaria, mediante una transferencia interbancaria, por ejemplo, el SAT podrá verificar fácilmente que ese es dinero por el cual ya pagaste el impuesto correspondiente, evitando así tener que hacer aclaraciones posteriores al fisco.

Depósitos en efectivo

Si tus depósitos en efectivo superan los 15 mil pesos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá tomar cartas en el asunto, esto debido a que se deben declarar, de acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.

El SAT detalla que las Instituciones del Sistema Financiero deberán declarar los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes en las instituciones, toda vez que el monto mensual acumulado exceda los 15 mil pesos mexicanos.

En ese mismo sentido, también aplicará respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.





cj