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Habrá comisión de búsqueda de personas en Edomex

De 2007 a la fecha hay casi 4 mil desaparecidos

Escrito en METRÓPOLI el

Toluca.- A efecto de  cumplir con el mandato legal que fijó la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas - aprobada recientemente por el Congreso federal, el Estado de México publicó en la Gaceta de Gobierno un decreto por el cual crea la Comisión de Búsqueda de las Personas de la entidad.

Esta entidad será  un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, y entre sus atribuciones estará determinar, ejecutar y dar seguimiento a las acciones de búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas  en el territorio mexiquense.

El Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas del Sistema Nacional de Seguridad Pública indica que el Estado de México es la segunda entidad del país con el mayor número de personas desaparecidas en los últimos diez años.  Tan sólo de 2007 a la fecha, se contabilizan tres mil 824 personas desaparecidas.

La comisión estará a cargo de una persona titular nombrada y removida por el gobernador,  a propuesta de la o el Secretario de Justicia y Derechos Humanos, instancia que deberá realizar una consulta pública previa a los colectivos de las víctimas, personas expertas y organizaciones de la sociedad civil especializada en la materia.

El titular tendrá que contar con conocimientos y experiencias en derechos humanos y búsqueda de personas y preferentemente con conocimientos en ciencias forenses o investigación criminal. El nombramiento del titular deberá darse en un plazo no mayor a 30 días.

Además del seguimiento los casos de personas desaparecidas, la Comisión tendrá que emitir un Programa Estatal de Búsqueda, el cual deberá ser análogo al Programa Nacional de Búsqueda, rector en la materia. De igual forma, deberá integrar, cada tres meses, los informes sobre los avances y resultados de la verificación y supervisión en la materia; asesorar y canalizar a los familiares ante la Fiscalìa Especializada competente, para que, de ser el caso, realicen la denuncia correspondiente.

Asimismo, diseñar y promover mecanismos de coordinación y colaboración con las demás  autoridades de los diferentes órganos de gobierno, a efectos de llevar las acciones en la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas, entre otras tareas.

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Además, contará con un consejo ciudadano que estará integrado por  cinco familiares de víctimas;  cuatro especialistas en la protección y defensa de los derechos humanos y búsqueda de personas desaparecidas, uno de ellos tendrá que ser experto en materia forense, y cuatro representantes de la sociedad civil de derechos humanos. Todos ellos serán nombrados por el Poder Legislativo y en términos generales deberán contribuir en la promoción de las acciones, políticas públicas, programas y proyectos relacionados con el objetivo de la Ley General.

La Comisión estatal deberá coordinar sus acciones con la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, las Fiscalías Especializadas de la Procuraduría General de la República, y en lo local con Secretaría de Seguridad del Estado de México y la Fiscalía General de Justicia estatal.

mlmt